Se analiza el cómputo de la duración y cómo la misma duración de la propiedad intelectual varía en función de que estemos en presencia de obras singulares, colectivas, en colaboración, póstumas, pseudónimas o publicadas por partes, a lo que hay que añadir cómputos y plazos diversos para los derechos de los intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas o de grabaciones audiovisuales, las entidades de radiodifusión, ciertos editores o, en fin, los titulares de derechos sui generis sobre bases de datos.