La ley de 2 de marzo de 1932 representa uno de los hitos más relevantes de la Segunda República. Este periodo de nuestra historia se caracteriza por los esfuerzos destinados a renovar los fundamentos del Estado, finalizar con vetustas convicciones y promover la cimentación de una moral renovada, más acorde a los nuevos tiempos. En este proceso de transformación, la institución de la familia constituyó un elemento clave, al simbolizar el núcleo y esencia de la sociedad. Conscientes de este hecho, las Cortes constituyentes procuraron su modernización, renovando los principios que regían las relaciones jurídicas entre los esposos, y de estos con sus descendientes. En este contexto se estableció el matrimonio civil obligatorio y se instauró, por primera vez, el divorcio en España. La importancia de esta figura jurídica resulta incuestionable, al permitir que cualquiera de los cónyuges pudiese poner fin a su vínculo, desterrando la indisolubilidad que se había atribuido tradicionalmente al enlace marital. La normativa contemplaba dos posibles vías para la referida disolución, el mutuo acuerdo y el proceso contenc