PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y DESCENTRALIZACION PRODUCTIVA

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y DESCENTRALIZACION PRODUCTIVA

46,15 €
IVA incluido
NO DISPONIBLE
Editorial:
REUS
Año de edición:
Materia
Derecho laboral y seguridad social
ISBN:
978-84-290-1565-2
Páginas:
516
Encuadernación:
Rústica
Colección:
VARIAS
46,15 €
IVA incluido
NO DISPONIBLE

La obra aborda los múltiples y graves problemas que en el campo de la prevención de riesgos laborales plantean las fórmulas de producción de bienes y de ser-vicios a través de las que se canaliza la descentrali-zación productiva. Las complejas conexiones e interferencias que en la descentralización productiva se producen entre las distintas empresas, actividades y sujetos que en ella se encuadran, provoca que una actuación incorrecta o negligente de alguno de los sujetos participantes cause daños al resto, incluso que esta actuación sea la de-terminante de la lesión que sufra el trabajador por el acaecimiento del accidente. La diversificación de las formas productivas y los efectos que sobre la siniestralidad laboral ocasiona, ha originado que el ordenamiento jurídico laboral im-plante un sistema de deberes de actuación preventiva dirigido a todas las empresas concurrentes. Para ello, se crean nuevos centros de imputación normativa orien-tados a compensar la falta de identificación empresa-rial en las estructuras productivas descentralizadas de producción en concurrencia. La autora examina con carácter crítico y recons-tructivo el complejo artículo 24 de la Ley 31/1995 y el RD 171/2004. A partir del análisis de la descentraliza-ción y la cooperación como fenómenos generales, se pro-fundiza con posterioridad en los distintos conceptos que configuran la ordenación de la prevención de ries-gos laborales en la descentralización productiva, la delimitación de las obligaciones preventivas para los sujetos concurrentes y el examen del específico deber de coordinación. Tras este planteamiento general se es-tudia la participación de dimensión colectiva de los trabajadores y, particularmente, se atiende a la pre-vención de riesgos laborales de los trabajadores autó-nomos tras la aprobación del Estatuto del Trabajo Autó-nomo. Azucena Escudero Prieto es Doctora en Derecho y Profesora de Der.echo del Trabajo y de la Seguridad So-cial en la Universidad de Valladolid INDICE PROLOGO CAPITULO I. BREVE DESCRIPCION DEL FENOMENO DE LA DESCENTRALIZA-CION PRODUCTIVA I. DELIMITACION DEL TEMA OBJETO DE ESTUDIO II. INTRODUCCION III. EL NACIMIENTO DEL DERECHO DEL TRABAJO COMO MEDIDA PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES EN LAS QUE SE DESARROLLA EL TRABAJO 1. La producción industrial como origen del riesgo laboral 2. La intervención del Derecho del Trabajo para la protección del riesgo laboral IV. TRANSFORMACION DE LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA 1. Manifestaciones sociales, económicas y jurídicas del cambio 2. Alteraciones en el modo y en la forma de prestar la actividad laboral 3. Hacia un modelo flexible de producción 4. Delimitación de las partes de la relación laboral 4.1. El trabajador en la descentralización productiva 4.2. El empresario en la descentralización productiva V. REGULACION PROTECTORA DEL TRABAJO EN LA DESCENTRALIZACION PRODUCTIVA 1. El marco jurídico regulador inicial 2. Regulación actual 2.1. El papel de la negociación colectiva en la regulación de la seguridad y salud en la descentralización productiva CAPITULO II. ANALISIS DE LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA APLICA-CION DEL ARTICULO 24 LPRL I. INTRODUCCION II. EL CENTRO DE TRABAJO 1. Conexión entre los elementos locativo y espacial como defi nidores del centro de tra-bajo 2. La esencialidad del elemento locativo en la normativa preventiva reguladora de la descentralización productiva III. CONCURRENCIA DE DOS O MAS EMPRESAS 1. La tipología empresarial de los sujetos participantes 2. La justificación de la diversidad de sujetos empresariales configurados por el art. 24 LPRL IV. TITULARIDAD DEL CENTRO DE TRABAJO 1. La necesaria delimitación del concepto de centro de trabajo para identificar al titular del mismo 2. La necesaria asimilación del concepto de titularidad del centro de trabajo con el pro-pio de centro de trabajo para identificar las distintas categorías de empresario incorpora-das en el art. 24 LPRL 2.1. La relación existente entre la vinculación jurídica que une a las empresas concu-rrentes y el centro de trabajo para de terminar su titularidad 2.1.1. Organización de la concurrencia a través del negocio jurídico de la contrata 2.1.2. Organización de la concurrencia al margen del negocio jurídico de la con-trata V. LA CATEGORIA DE EMPRESARIO PRINCIPAL. ELEMENTOS EXIGIDOS PARA LA APLICACION DEL ART. 24.3 LPRL 1. El negocio jurídico de la contrata 1.1. La delimitación de las modalidades contractuales en el término contrata 1.2. La delimitación del concepto de contrata en la normativa preventiva 1.3. Los nuevos conceptos introducidos por la norma preventiva al margen de la rela-ción contractual empresarial 2. El concepto de propia actividad 2.1. Criterios utilizados para identificar la propia actividad 2.2. Corrientes interpretativas. La difícil justificación en prevención de riesgos laborales del casuismo interpretativo dado al concepto de "propia actividad" 2.2.1. Interpretación amplia del concepto de "propia actividad" atribuyéndolo a "actividad normal" 2.2.2. Interpretación restrictiva. Identificación de propia actividad y misma acti-vidad 2.2.3. La postura actual introducida por el Tribunal Su premo en unificación de doctrina. La limitación definitiva del caudal de actividades que integran el con-cepto de propia actividad 2.3. La necesidad de introducir un concepto de propia actividad en prevención de riesgos laborales VI. EL DEBER DE INFORMACION CONTENIDO EN EL ART. 24.4 LPRL 1. Requisitos necesarios para la aplicación del art. 24.4 LPRL 1.1. La condición de empresa principal del comitente 1.2. Desarrollo del trabajo fuera del centro de trabajo propiedad de la empresa principal 1.3. Utilización por el trabajador de los útiles de trabajo del comitente 2. Obligaciones del empresario principal 3. Incumplimiento del deber contenido en el art. 24.4 LPRL CAPITULO III. OBLIGACIONES PREVENTIVAS DE LOS SUJETOS PARTICIPAN-TES EN LA COORDINACION EMPRESARIAL I. INTRODUCCION II. OBLIGACIONES DE LOS EMPRESARIOS CONCURRENTES 1. El deber de información derivado de la cooperación 1.1. La difícil concreción del ámbito material y del sujeto responsable de la informa-ción dentro de la pluralidad 2. Cumplimiento de las informaciones e instrucciones dadas por el empresario titular del centro de trabajo 3. Comunicación a sus trabajadores de la información y/o de las instrucciones recibidas del empresario titular del centro de trabajo III. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO TITULAR DEL CENTRO DE TRABAJO 1. Diversificación de obligaciones en función de la participación de trabajadores propios en la concurrencia 2. Alcance del deber de coordinación por la posición que ocupe el titular del centro de trabajo en la concurrencia 3. Empresario titular sin trabajadores en la concurrencia 3.1. El deber de información 4. Empresario titular que ocupa a trabajadores propios en la concurrencia 4.1. El deber de información 4.2. El deber de instrucción IV. OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO PRINCIPAL 1. Alcance del deber de vigilancia 2. Contenido material y subjetivo del

La obra aborda los múltiples y graves problemas que en el campo de la prevención de riesgos laborales plantean las fórmulas de producción de bienes y de servicios a través de las que se canaliza la descentralización productiva. Las complejas conexiones e interferencias que en la descentralización productiva se producen entre las distintas empresas, actividades y sujetos que en ella se encuadran, provoca que una actuación incorrecta o negligente de alguno de los sujetos participantes cause daños al resto, incluso que esta actuación sea la determinante de la lesión que sufra el trabajador por el acaecimiento del accidente.
La diversificación de las formas productivas y los efectos que sobre la siniestralidad laboral ocasiona, ha originado que el ordenamiento jurídico laboral implante un sistema de deberes de actuación preventiva dirigido a todas las empresas concurrentes. Para ello, se crean nuevos centros de imputación normativa orientados a compensar la falta de identificación empresarial en las estructuras productivas descentralizadas de producción en concurrencia.
La autora examina con carácter crítico y reconstructivo el complejo artículo 24 de la Ley 31/1995 y el RD 171/2004. A partir del análisis de la descentralización y la cooperación como fenómenos generales, se profundiza con posterioridad en los distintos conceptos que configuran la ordenación de la prevención de riesgos laborales en la descentralización productiva, la delimitación de las obligaciones preventivas para los sujetos concurrentes y el examen del específico deber de coordinación. Tras este planteamiento general se estudia la participación de dimensión colectiva de los trabajadores y, particularmente, se atiende a la prevención de riesgos laborales de los trabajadores autónomos tras la aprobación del Estatuto del Trabajo Autónomo.