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13 DIC

ENVIOS EN NAVIDAD

INFORMACION IMPORTANTE SOBRE LOS ENVÍOS EN NAVIDAD
ENVIOS EN NAVIDAD

Le informamos tal y como pone en nuestras condiciones de venta de lo siguiente:

 *Envíos a través de MRW: En fechas señaladas como Navidad, aunque nosotros cumplamos con los plazos de tramitación y preparación de su pedido, este periodo puede ampliarse ya que la mensajería a veces está saturada y como consecuencia las entregas se pueden retrasar. Le recomendamos hacer sus pedidos mínimo una semana de antelación si son pedidos para fuera de las islas, entre islas mínimo 5 días antes (tenga en cuenta que la mensajería solo trabaja de lunes a viernes). Nosotros por nuestra parte haremos lo posible para que reciban sus paquetes lo antes posible, les agradecemos su comprensión ya que se trata de circunstancias ajenas a nosotros.

 

*Envíos a través de Correos Postal para Islas Canarias:  Recomendamos hacer los pedidos incluso 2 semanas antes ya que además de no tener seguimiento,  el servicio de Correos suele estar saturado en estas fechas. En ningún caso nos hacemos responsables de la pérdida o retraso de paquetes ya que se trata de envíos ordinarios no certificados, si ocurre algún contratiempo tendría que reclamar al propio servicio de Correos Postal. Si desea asegurar la entrega y un plazo menor para el envío le recomendamos utilizar el servicio de mensajería MRW.

 

IMPORTANTE: Librería Lemus no puede hacerse responsable de la pérdida de paquetes, o del retraso en la fecha de entrega ya que somos ajenos a estas circunstancias y dependen únicamente del Servicio de Correos. En el caso de pérdida de paquete únicamente podemos hacerle la devolución del importe si el paquete nos llega devuelto. Si quiere asegurarse de tener un número de seguimiento de su pedido o que llegue en un plazo garantizado de 72h laborables (a excepción de epoca navideña) tendrá que elegir la opción de mensajería MRW.

 

Les recordamos que La Ley 43/2010 tan solo establece indemnizaciones para los usuarios en el caso de pérdida, robo, destrucción o deterioro de los envíos postales certificados o con valor declarado que se encuentren dentro de los incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal. En consecuencia, la legislación postal no estipula derecho a indemnización por incidencias con envíos ordinarios (aunque éstos sí se encuentran dentro del servicio postal universal), ni en caso de incidencias con envíos que queden fuera del servicio postal universal.

Fuente: https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/servicios-postales/reclamaciones-del-servicio-postal/derecho-de-indemnizacion

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